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Qué es el PLAN BIM

 
Logotipo del Plan BIM

El Plan BIM contribuye a los objetivos establecidos por varios instrumentos estratégicos sobre transición ecológica y digital a nivel global, comunitario y nacional, tales como la Agenda 2030, el Pacto Verde europeo o la Estrategia Nacional de Economía Circular, entre otros, y se alinea con la política de fomento de la innovación a través de la contratación pública estratégica, impulsada por la Comisión Europea, así como con la Estrategia Nacional de Contratación Pública.

El Plan BIM en la Contratación Pública fue aprobado por Consejo de Ministros en su reunión de 27 de junio de 2023, y está publicado en el BOE núm. 172, de jueves 20 de julio de 2023, (Orden PCM/818/2023, de 18 de julio, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 27 de junio de 2023, por el que se aprueba el Plan de Incorporación de la Metodología BIM en la contratación pública de la Administración General del Estado y sus organismos públicos y entidades de derecho público vinculados o dependientes).

El Plan ha sido elaborado por la Comisión Interministerial para la incorporación de la metodología BIM en la contratación pública (CIBIM), presidida por el Subsecretario de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, y para su elaboración la CIBIM ha contado con el apoyo de un Comité técnico compuesto por expertos en la implantación de BIM en el sector público y privado.

Objetivo del PLAN BIM

El Plan BIM en la contratación pública responde a un doble objetivo:

  • Mejorar la eficiencia del gasto público en los contratos del sector público.
  • Servir de palanca para la transformación digital del sector de la construcción.

Calendario de implantación y Tabla de niveles BIM

 
Logotipo del Plan BIM

El Plan BIM en la Contratación Pública establece una incorporación gradual y progresiva de la metodología BIM en diversos contratos públicos de la Administración General del Estado (AGE) y el sector público estatal relacionados con la construcción.

En el Plan BIM se define un calendario de implantación gradual y progresivo desde 2024 hasta 2030 atendiendo al valor estimado del contrato, y los Niveles BIM a alcanzar: preBIM, inicial, medio, avanzado e integrado.

El Plan BIM instruye a los órganos de contratación a hacer uso de BIM en ciertos contratos públicos relacionados con activos patrimoniales, a partir del 1 de abril de 2024 y hasta 2030, en un proceso progresivo de uso de requisitos de información BIM, en función del valor estimado del contrato.

Tabla de calendario y noveles BIM
Descripción de la imagen

Tabla con gráfico que refleja el calendario de implantación progresiva de BIM en la contratación pública, en cuatro columnas con los hitos temporales, 2024, 2025, 2027 y 2030.

Debajo de cada una de esas columnas con los hitos temporales, se indica un nivel creciente de uso de requisitos de información BIM, inicial, medio, avanzado e integrado.

Cada nivel BIM (Inicial, Medio, Avanzado e Integrado), se representa por circunferencias de radio creciente.

Todo ello se hace dos líneas distintas, que se refieren a dos tipos de contratos, en función del valor estimado de los mismos.

El resumen del contenido, conforme a lo dispuesto en el Plan BIM para los órganos de contratación, es el que sigue:

  • para contratos de valor estimado igual o superior a 5,538M€, en 2024 deberán usar nivel BIM inicial, en 2025 deberán usar nivel BIM medio, en 2027 deberán usar nivel BIM avanzado, y en 2030 deberán usar un nivel BIM integrado.
  • para contratos de valor estimado inferior a 5,538M€ y superior a 2M€, en 2024 se recomienda que usen un nivel BIM inicial, en 2025 deben usar un nivel BIM inicial, en 2027 deben usar un nivel BIM medio y en 2030 deben usar un nivel BIM avanzado.

En el gráfico se resalta además, en amarillo, el primer hito temporal, que tiene lugar el 1 de abril de 2024.

Tabla de niveles BIM

La Tabla de niveles BIM define los niveles BIM (preBIM, inicial, medio, avanzado e integrado) a alcanzar en cada hito del plan y recoge la descripción de requisitos BIM que deben solicitar los órganos de contratación para cada nivel BIM, agrupado por los ámbitos estrategia, procesos, tecnología y personas.

Esta Tabla sirve como hoja ruta, en la AGE y el sector público estatal, para coordinar la incorporación gradual de BIM en la gestión de la información de un contrato público, y también puede emplearse por los órganos de contratación como referencia de las acciones a emprender para la completa implantación de BIM en sus contratos; además puede ser una referencia útil también para el sector privado a la hora de comprender una implantación de BIM.

Logotipo del Plan BIM
Descripción de la imagen

La Tabla de Definición de Niveles BIM muestra los Requisitos mínimos de información BIM que deben incorporar los órganos de contratación para una adecuada gestión de la información del contrato, todo ello en función del nivel BIM exigible por el Plan. Cabe señalar que estos requisitos tienen una complejidad creciente: los requisitos por cada ámbito son más exigentes a medida que se progresa en los 5 niveles BIM del calendario del Plan BIM.

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En la primera columna de la Tabla están los niveles crecientes de BIM, de arriba abajo: nivel Inicial, nivel Medio, nivel avanzado y nivel Integrado. En la primera fila de la Tabla se ordenan, de izquierda a derecha, cuatro grandes categorías en los que se agrupan los requisitos BIM, que son las columnas denominadas: Estrategia, Procesos, Tecnología y Personas. Así, para cada nivel BIM y para cada categoría, consta el detalle de los requisitos para la adecuada gestión de la información.

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Los Requisitos de información se refieren a lo siguiente:

  • Estrategia: desde proyectos piloto o licitaciones aisladas, hasta procedimientos sistemáticos innovadores para la gestión de la información.
  • Procesos: en este ámbito, de manera resumida, puede decirse que se incluyen requisitos crecientes en función del nivel BIM sobre qué tipo de procedimientos se requieren para la gestión de la información, si la coordinación entre las partes es presencial, virtual, o en torno al CDE, o si la información del contrato es puramente gráfica, o emplea modelos BIM.
  • Tecnología: en este ámbito, de manera resumida, se incluyen requisitos sobre el repositorio de información común de la información, con requisitos crecientes en función del nivel BIM.
  • Personas: en este ámbito, de manera resumida, se incluyen requisitos crecientes sobre la capacitación del órgano de contratación, así como sobre la capacitación del licitante.)

En el gráfico se ha resaltado el nivel BIM Inicial y los requisitos BIM que, a partir del 1 de abril de 2024, deben exigir algunos órganos de contratación en determinados contratos.

 

Para conocer el nivel BIM de partida de un órgano u organización de la AGE y el Sector público institucional estatal, se podrá utilizar la herramienta de autoevaluación que está desarrollando la Comisión Interministerial.

Como parte de las acciones de la CIBIM para facilitar una implantación de BIM coordinada, la CIBIM continuará apoyando a los órganos de contratación, entre otros, con la elaboración de material de guía y documentación técnica de apoyo, así como con acciones de divulgación y formación.

 

En el siguiente enlace se puede acceder al documento ya publicado de introducción a la metodología BIM: Fundamentos BIM en la Contratación Pública.

 

BIM (Building Information Modeling)

 

BIM es una forma de trabajo colaborativa apoyada en estándares y tecnologías que permite el intercambio de información entre todos los agentes que intervienen en el ciclo de vida de un edificio o construcción.

BIM permite centralizar en un modelo digital toda la información de un activo, desde la fase de diseño, construcción, gestión, hasta la de mantenimiento y/o demolición, lo que facilita una gestión más eficaz en los procesos de diseño, construcción y operación de los activos, proporcionando una base confiable para la toma de decisiones. Su uso contribuye así mismo a disminuir el impacto de la construcción en el medio ambiente al reducir el volumen de residuos y los costes de su gestión.